martes, 31 de mayo de 2011

Caso Afinsa: El "papel" de los administradores en los concursos mercantiles (I).

 

      Interesante y revelador artículo el escrito hoy por J. Chicote en "El Confidencial".

Cuando en los concursos de acreedores  todas las  investigaciones penales se centran en los presuntos hechos delictivos que pudieran haber cometido los legítimos administradores de las empresas concursadas,  hete aquí que una asociación de reciente creación - ACORDE- quiere poner su atención en otra parte del problema mucho más opaca, que está pasando totalmente desapercibida para la sociedad: las prácticas de aquellos que pudieran actuar de manera ilícita, tras haber sido nombrados por un juez administradores concursales de la empresa quebrada, y los presuntos "apaños", "chanchullos" y "compadreos" espurios  que algunos de estos personajes pudieran llevar a cabo en connivencia con el propio juez.

Leyendo el artículo de Chicote, no he podido evitar recordar un famoso cuento sufí de la doctrina mística del Islam. Relata la historia de un tal Nasrudin, quien pierde sus llaves en el camino a casa y comienza a buscarlas bajo la luz de un farol. A medida que pasa el tiempo, algunos vecinos se suman a la búsqueda. Ante lo infructuoso de la misma, uno de los vecinos le pregunta: " Nasrudin, ¿estás seguro de que las perdiste aquí?”. “No”, responde el viejo.  “¿Entonces por qué las buscas debajo del farol?”. “Porque en esta esquina hay luz"

Bienvenida sea esta iniciativa de ACORDE si verdaderamente se ponen manos a la obra, entran de lleno en el fondo del asunto y buscan a los verdaderos culpables de que muchas empresas entren en  quiebra y posterior liquidación, sin entretenerse en indagar  bajo el "foco de la luz",  sino allí donde realmente se ubican las más siniestras maniobras de algunos que,  amparados en las sombras del poder, actúan desde el lado oscuro con total impunidad.

Concretamente en Madrid, hay mucho trabajo por hacer.

lunes, 30 de mayo de 2011

"El Saqueo de Afinsa" en "Historia clara de la España reciente".

     Demoledor, y a la vez brillante,  análisis de los últimos cuarenta años de la historia de España el realizado por Enrique de Diego en su último libro "Historia clara de la España reciente", en el que hace especial mención  a uno de los capítulos más siniestros que se hayan escrito bajo la égida del Gobierno socialista de José Luis Rodríguez Zapatero: el  expolio llevado a cabo contra cientos de miles de inversores a resultas de la ilícita intervención  de dos empresas mercantiles, Afinsa y Fórum Filatélico, que tuvo lugar el 9 de mayo de 2006.

Con especial mención a mi obra "El Saqueo de Afinsa - La verdadera historia de una intervención", y con la agudeza y contundencia que le caracteriza, el certero análisis de Enrique de Diego requiere de tan solo 39 líneas para hacer un brillante ejercicio de síntesis trasladando, negro sobre blanco, lo que realmente esconde tan brutal e injustificada intervención.  

En el convencimiento de que lo que sigue a continuación será del interés de aquellos que han resultado directamente perjudicados por tamaño expolio, y con el permiso amablemente concedido por el autor para su transcripción literal, invito al lector a pasearse por las líneas que de Diego ha escrito refiriéndose al saqueo de las filatélicas.

Por otra parte, y con independencia de todo lo anterior, justo es reconocer que "Historia clara de la España reciente" es una obra magistral que merece ser leída para comprender hasta que punto se está destruyendo, ante la pasividad inerme de la mayoría, ese gran proyecto democrático e ilusionante que hace años quisimos darnos millones de ciudadanos, llamado España .

sábado, 28 de mayo de 2011

Caso Afinsa - Auto de Liquidación - Matizaciones, y aclaraciones, muy importantes.


A todos los clientes de Afinsa:

   Desde que se tuvo conocimiento del Auto de liquidación del Juez de lo Mercantil Francisco Javier Vaquer Martín, todos los medios de comunicación están ejerciendo una brutal manipulación informativa plagada de equívocos, contradicciones y noticias inexactas -cuando no directamente manipuladas- sobre el contenido de dicho Auto y sobre las implicaciones de su contenido, para la recuperación de nuestras inversiones.

Semejante estrategia solamente puede obedecer a dos razones: o están profundamente desinformados con respecto a la realidad de la situación y se limitan a “tocar de oído” (no sería la primera vez que lo hicieran), o están escribiendo un guión milimétricamente diseñado (tampoco sería la primera vez que lo hicieran), al dictado de “terceros”, con el único objetivo de generar todavía más confusión, desconcierto y desasosiego –si es que esto fuera posible a estas alturas- a todos nosotros, los clientes expoliados.

Sirva como ejemplo de lo anterior, los diferentes titulares de prensa, y alertas de Google, con las que se nos viene bombardeando desde hace ya casi cuarenta y ocho horas. Obsérvese los diferentes encabezamientos que utilizan para llamar nuestra atención como perjudicados, en particular, y la de la sociedad, en general, con respecto a lo que ellos dan en llamar “inminente liquidación:

El juez aprueba la liquidación de Afinsa
Diario Siglo XXI
 El Juzgado de lo Mercantil número 6 de Madrid ha dado el visto bueno a la liquidación de la empresa filatélica Afinsa, lo que permitirá a sus 190.000 clientes recibir en un primer pago el próximo mes de julio el 5% de lo que habían invertido en la ...

Adicae lamenta la reacción judicial en el caso de Forum y Afinsa
Aragón Digital
 Adicae considera lamentable e inaceptable la propuesta de plan de liquidación presentada por los administradores concursales de Afinsa, por ello, presentó una serie de alegaciones en las que planteaba la falta de concreción del plan de liquidación, ...

Los afectados de Afinsa comienzan a cobrar
ABC.es
Los afectados por la estafa de Afinsa podrán empezar a recuperar el dinero perdido. Así lo ha decidido el Juzgado de lo Mercantil número 6 de Madrid, que ha dado el visto bueno al plan de liquidación presentado por la administración concursal de la ...

Afectados de Afinsa podrán recuperar el 30% de su inversión
Lainformacion.com
El juez aprueba el plan de liquidación de la filatélica, que otorga un año para vender la mayoría de los activos...

La liquidación de Afinsa, sin garantías de cobro, según ADICAE
Lainformacion.com
La Asociación de Usuarios de Bancos, Cajas y Seguros de España (ADICAE) cree que el plan de liquidación de Afinsa, aprobado cinco años después de su intervención, no ofrece garantías sobre cuánto durará la venta de los bienes ni la cantidad que ...

Los clientes de Afinsa recibirán un primer pago del 5%
Lainformacion.com
Cinco años después de la intervención, los 200.000 clientes podrán empezar a recibir una mínima parte de lo invertido...

Atención a esta última:

El juez mercantil se niega a pagar a los afectados de Afinsa con ...
elEconomista.es
El magistrado juez Francisco Javier Vaquer, titular del Juzgado Mercantil nº 6 de Madrid, considera en el auto por el que se aprueba el plan de liquidación de Afinsa, que la naturaleza de los contratos entre la empresa y la compañía deberá fijarlo ...

Visto lo anterior, y una vez comprobado que ni una sola de las noticias coincide, ni en fondo ni en forma, y puesta al descubierto la basura por manipulación informativa de todos los medios que han venido haciéndose eco de la noticia, sin rigor ni información contrastada de ningún tipo, quiero llamar vuestra atención sobre el hecho de que, no se haga alusión alguna sobre las implicaciones que, tanto para los clientes expoliados como para la propia actuación del Ministerio de Justicia, tienen algunas de las consideraciones reflejadas en dicho Auto de liquidación..

Queridos amigos, el contenido de algunos de los FUNDAMENTOS DE DERECHO referidos a la propiedad y titularidad de nuestra filatelia, según resolvió la sentencia del Tribunal Supremo, actúan a modo de árboles que impiden a los perjudicados, a la prensa y, dicho sea con todos los respetos al propio juez Vaquer, poder ver el bosque en todo su esplendor; entendiendo como “bosque” un hecho irrefutable  reflejado por el juez en el punto D de su Auto (pág. 15), cuando dice “Ahora bien, tal restitución de las unidades filatélicas –debidamente individualizadas e identificadas- a sus legítimos propietarios en virtud de contratos de compraventa vigentes al tiempo de la declaración concursal debe tener su reflejo en el listado de acreedores, de tal modo que entregados tales lotes filatélicos o puestos a su disposición o consignados a su favor a la finalización de la fase de liquidación, procederá la exclusión de los acreedores concursales, en cuanto la restitución de la titularidad de la filatelia, que comprendería en sí misma la revalorización pactada determinada por el mercado, extinguirá su derecho de crédito por todos los conceptos recogidos en la masa pasiva a su favor”, (…)

Es decir, tal y como queda reflejado en el auto del juez,  la consideración  de la  actividad de Afinsa como mercantil conllevaría la devolución inmediata de los lotes filatélicos a sus legítimos propietarios,  los clientes, quedando con ello satisfecha la deuda fabricada que llevó a esta empresa a liquidación. Desapareciendo dicha deuda del activo y del pasivo del balance, desaparece a su vez la insolvencia patrimonial de Afinsa .

Esto que acabo de exponeros, queridos amigos, no es menor porque, si bien el Juez Vaquer considera esta posibilidad en el supuesto de que prevaleciese la doctrina del Tribunal Supremo y la propia Audiencia Provincial sentenciase la naturaleza mercantil de Afinsa, (cosa más que probable, en mi opinión), el juez se queda muy corto en su exposición puesto que omite dar un paso hacia delante, crucial de todo punto, mediante el cual debería determinar que, en ese caso, la situación patrimonial de la concursada Afinsa no es de insolvencia, y la situación patrimonial de la concursada Afinsa es, a día de hoy, de absoluta solvencia. Ello evidenciaría que la Empresa no debe continuar, ni un minuto más, en fase de liquidación.

Naturalmente, esa conclusión a la que uno llega de manera indubitada, tras la lectura de la argumentación jurídica desarrollada por su señoría y expuesta en los Fundamentos de Derecho en los que se apoya, tal y como estos quedan reflejados en su auto, no deja nada bien parado al propio Juez Vaquer quién, de manera obstinada ha venido manteniendo desde el minuto uno de su incorporación a la instrucción mercantil, que la naturaleza de Afinsa era financiera; que los sellos eran un mero subyacente (o excusa de los clientes para entregar cantidades de dinero en depósito) y que la filatelia era propiedad de Afinsa; tesis esta por cierto, diametralmente contraria a la sostenida por el primer juez de lo mercantil D. José Manuel de Vicente Bobadilla quién, durante el corto espacio de tiempo en el que estuvo al frente de la instrucción del Concurso,sostuvo que la naturaleza de Afinsa era mercantil, hasta el punto de aceptar a trámite la propuesta de convenio de acreedores presentada por la Concursada, desarrollada y planteada para reflotar la compañía siempre bajo esa misma consideración de actividad mercantil y no financiera.

De manera que, ignorad la manipulación y desinformación de los medios de comunicación tanto como la de aquellos despachos de abogados y asociaciones de consumidores, ej. ADICAE, que no hacen sino propalar noticias que no obedecen en absoluto a la realidad del momento o, lo que es aún peor, a la realidad a futuro sobre cual será el verdadero desenlace de esta farsa de concurso que han montado en torno a Afinsa.

Tal y como podéis leer en el auto insertado en la entrada de esta misma mañana, bajo el título “Caso Afinsa: Auto de liquidación dictado por el Juez Vaquer”, la liquidación no ha comenzado todavía y, a la luz de los argumentos del juez y de los Fundamentos de Derecho en los que su señoría se apoya, en mi opinión, existen pocas probabilidades de que, como tal liquidación, termine por llevarse a efecto.

No veo de qué manera, una vez interpuestos los recursos por parte de la concursada (debo entender que así lo hará), la Audiencia Provincial llegue a desestimar dichos recursos. Debemos tener en cuenta que, si bien las disposiciones del Tribunal Supremo no son aplicables al ámbito de lo Civil, al parecer SI existen aspectos de aplicación de la doctrina de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo, en el ámbito de lo Civil, tal y como queda reflejado en el documento más abajo reseñado (pág. 12).

Por último, una cosa más: Ignorad todas aquellas noticias publicadas en el Economista balo las cuales aparezca la firma de un tal Gil Pecharromán, a las que no debéis dar crédito alguno.

Creedme, amigos: es un buen consejo que, estoy segura, os evitará mucha –demasiada- confusión, y más de un disgusto.

Seguiré con vosotros, informando.


Págs. 12,14,15, Auto de Liquidación 05-05-2011

jueves, 12 de mayo de 2011

Caso Afinsa: Auto de liquidación dictado por el Juez Vaquer.

 
En próximas entradas, comentaremos las posibles actuaciones que puedan derivarse de este Auto. Por el momento, un consejo para los seguidores de este Blog: no se dejen ustedes manipular por los medios de comunicación intoxicadores. La liquidación de Afinsa, tal y como algunos voceros proclaman lanzando soflamas a los cuatro vientos, no es, ni mucho menos, inminente.

(Si no podéis leer el teto insertado a continuación, pinchad en este enlace)
Auto Liquidación 05-05-11

jueves, 5 de mayo de 2011

Caso Afinsa: Analizando Comunicados que pudieran ser constitutivos de delito.

 
        Aunque el público en general desconozca su existencia, uno de los entes jurídicos  más patéticos, y que más daño está causando al colectivo de perjudicados por la intervención de Afinsa, está constituido por la malhadada "Federación Nacional de Plataformas Blancas" (en adelante, F.N.d.P.B).

Creada a raíz de la intervención, y defendida por el despacho de abogados Gil-Robles, este ente pomposo, inútil y arrogante, bueno para nada, aglutina a un numero importante de asociaciones de perjudicados, con el nombre genérico de "Plataformas Blancas", entre las cuales reina la desunión más rampante.

Un número importante de las mismas (más de veinte),  tienen muy claro quién ha sido el verdadero causante de la intervención y saqueo de Afinsa, en tanto que otras, entre las que destacan la de Castellón, Córdoba, Cuenca y León, con sus respectivos representantes a la cabeza, no dudan en apuntar hacia la propia empresa como causa y orígen del expolio de 190.000 familias.

A la luz de las últimas sentencias que se van conociendo, las posiciones de los representantes de la F:N.d.P.B. han quedado absolutamente invalidadas, en tanto que las afirmaciones de quienes se negaron desde el primer momento a comulgar con la teoría de la estafa son ya irrefutables.

A pesar de que tanto la Audiencia Nacional como el propio Tribunal Supremo han dejado meridianamente claro mediante sentencias de 2004 que la naturaleza de la actividad de  Afinsa era mercantil y no financiera, la Junta Directiva de la F.N.d.P.B., en una actitud que la envilece y hace indigna de representación alguna de tan importante colectivo de perjudicados, (cerca de 50.000 son quienes la integran), se esfuerza, una y otra vez, en enviar correos electrónicos con su particular "visión" de la situación, que no hacen otra cosa que confundir, desalentar y desazonar, aún más si cabe, a sus miles representados.

El último de los comunicados que lleva su firma bate records, tanto de ignominia, como de estulticia. Con un total desconocimiento de la realidad jurídica que debe imperar en el Concurso Afinsa, dicha Junta Directiva,  traslada en su panfleto admonitorio una serie de afirmaciones que van más allá del derecho de opinión y de la libertad de expresión, y que pudieran ser constitutivas de delito de injurias, calumnias y difamación (no debemos olvidar que son emitidas desde una Federación jurídicamente constituída). Este hecho no es menor ya que otorga carácter oficial a todos sus  "Comunicados", convirtiendo a un tiempo el contenido de los mismos en una declaración formal efectuada, como digo, desde un ente formalmente jurídico.

Frente a tan aviesa y, tal vez, delictiva manipulación de la realidad, destaca el sentido común de muchos de los perjudicados que leen estupefactos los textos de semejantes declaraciones oficiales, y cuyo asombro va en aumento ante la osadía de quienes se ratifican como sus autores.

Una de esas personas es "Héctor". Bajo este nick,  participa este cliente de Afinsa en un foro de perjudicados que aglutina a cientos, si no miles de perjudicados más, que siempre han tenido muy claro quienes son los verdaderos causantes de nuestra desgracia.

Pues bien: fue ayer cuando "Héctor" trasladó al referido foro su evaluación sobre el último de los comunicados remitidos por la referida Junta Directiva de la F.N.d. P.B.. Por el infame contenido de este último y lo riguroso y acertado del análisis del primero, paso a hacer público el contenido de ambos en la seguridad de que los lectores que accedan a este Blog sabrán utilizar su propio criterio y discernir, con absoluta imparcialidad y objetividad, sobre el fondo de los mismos.(Ya la palabra "Aviso" que aparece en el título, deja claro el propósito e intenciones sobre lo que seguirá a continuación).


COMUNICADO/AVISO DE LA FEDERACION:
 
Federación: En los últimos días se ha conocido el escrito de alegaciones que Afinsa ha presentado ante el Juzgado nº 6 de lo Mercantil sobre la ampliación al plan de liquidación que han presentado los AACC.

Tal y como ya lo intentaron en su momento, Afinsa pretende de nuevo y, de una forma clara, que en el Juzgado se rectifique lo actuado y sentenciado hasta ahora en relación a la propiedad de la filatelia y la lista de créditos, buscando únicamente que desaparezcan los compromisos con todos los afectados y que les atan a los mismos por contrato con la cláusula de recompra que figura en ellos.


Héctor: Como siempre, alguna verdad a medias y tergiversada, rematada con una clamorosa y colosal mentira.

Lo que pretende Afinsa, es totalmente coherente con el posicionamiento que la empresa ha mantenido siempre y que no es otro, que el reconocimiento y aplicación de la ley mercantil, la cual atribuye la propiedad de la filatelia a sus legítimos adquirentes. Dictámen éste, que ha sido además, ratificado por otros Tribunales de mayor competencia que el Tribunal Mercantil, como es la Audiencia Provincial de Madrid, entre otros. Ésto, en ningún caso puede anular los demás compromisos contractuales (entre ellos la cláusula de recompra) que la compañía tenía suscritos con sus ex-clientes. Por tanto, ni la compañía podría pretender eso, ni lo solicita tampoco, pues es la propia ley la que lo impide.


F:Afinsa, solicita en su escrito lo siguiente:

“Subsidiariamente se recoja en el plan que debe ofrecerse a los actuales acreedores de AFINSA BIENES TANGIBLES, S. A. (que esta parte entiende son propietarios) los sellos mediante la figura de dación en pago".


Es decir, Afinsa solicita que se reconozca que los sellos son de los afectados para que los sellos se nos entreguen y, con ello, nos demos por pagados, intentando de esta forma irse de rositas endosándonos de nuevo los sellos a los afectados, que como todos sabemos tienen un valor muy inferior al que se refleja en los contratos.


H:Eso es falso y de toda falsedad. El reconocimiento de la propiedad de la filatelia a los afectados, constituye un requisito previo y necesario, para que éstos puedan con posterioridad ejercer los derechos que tienen reconocidos en sus contratos, haciendo uso de su opción para solicitar la cláusula de recompra que se estableció, o bien, quedarse con la posesión de sus sellos.

Asi es, que, en ningún caso, los afectados debemos darnos por pagados con la entrega de los sellos, ni la empresa puede desvincularse de las obligaciones contraídas. Lo que sí es evidente, es que Afinsa y a raíz de su destrucción como entidad que operaba en el mercado, no tiene ya capacidad de hacer efectivos sus compromisos, siendo, que por lo mismo, pide la entrega de los sellos en “dación de pago”, para que los afectados puedan emprender las acciones que consideren oportunas y contra quienes estimen convenientes, con el fín de hacer valer sus legítimas reivindicaciones.

Respecto al valor de los sellos, sería sumamente recomendable que solicitárais una rigurosa peritación, hecha por expertos independientes (para variar), todos aquellos que consiguiéseis percataros, de haber sido capciosamente abducidos por las siniestras soflamas oficiales, tan falsas como interesadas.


F:Hay que tener en cuenta que por cada afectado al que se le devolvieran los sellos, las cantidades correspondientes a sus contratos dejarían de estar en el pasivo de la empresa, de tal forma que, si fuesen una mayoría de afectados a los que les devolvieran los sellos, Afinsa podría dejar de estar en insolvencia, incluso pasaría a tener superávit.

Así es, en efecto y según la ley mercantil vigente a la que debe atenerse el procedimiento contable, correspondiente. Pero, aún en el caso de aplicarse indebidamente, tal y como se ha hecho, una contabilidad financiera, la insolvencia que se obtiene, es debida, exclusivamente, a una serie de irregularidades “amañadas” en el proceso concursal, consistentes en reducir convenientemente el valor auténtico (según catálogo) de la filatelia, que aparece en el pasivo, además de asentar en tiempo presente, todas las obligaciones que se habían establecido a futuro.

H:Y esto es lo que ha pretendido Afinsa desde el principio; desligarse del pacto de recompra que por contrato les obliga con todos nosotros.

Esa, es una presunción tan falsa como calumniosa, además de burda y patética, por ser contraria a la ley y consiguientemente, de imposible aplicación.

F:A fecha de hoy los afectados no queremos los sellos como única forma de pago, queremos que Afinsa nos devuelva nuestro dinero, nuestros ahorros que les fueron confiados y que hemos perdido.

H: Esa petición es tan obvia, que resulta una realidad de perogrullo. Nunca, la inmensa mayoría de afectados ha pretendido permanecer con sus sellos como única forma de pago, en tanto que éramos inversionistas y no coleccionistas. Lo que supone un magistral ejercicio de cínismo impúdico, es pretender exigirle a Afinsa, después de que la empresa haya sido aniquilada, que haga frente a los pactos contraidos, como si no hubiera pasado nada.

F:Que nadie piense que si esto se consiguiera por parte de Afinsa los afectados tendríamos abierto un camino hacia la consecución de la Responsabilidad del Estado permitiéndonos recuperar nuestro dinero.

H:Si no lo empiezan a enfocar desde esa óptica y después de las últimas sentencias de la AN y del TS, respecto a la RPE, en las que implícitamente señalan la vía correcta por la que hay que proseguir, entonces, se van a encontrar en un callejón sin salida y con certeza absoluta, todos aquellos afectados que opten por la desdichada solución de creer en vuestros consejos.

F:Con esta maniobra, sólo saldría beneficiada Afinsa, que nos volvería a colocar por segunda vez unos sellos que no valen ni de lejos lo que se refleja en los contratos, quedándose en una situación en la que le permitiría recuperar el dinero que aún queda en metálico, así como el resto de bienes-muebles e inmuebles-, sin que los afectados pudiésemos resarcir parte de nuestras pérdidas con dichos bienes.

Craso error, es apuntar a la compañía (representada por sus directivos), que aún no ha sido declarada culpable de ningún delito, como la causante de nuestras pérdidas y por ende, la responsable de resarcirnos con los bienes que aún no le hayan sido saqueados. Afinsa, aparte de estar en su legítimo derecho a defender su inocencia, no podría volver a colocarnos nada, entre otras razones, porque lo único que se pretende, es que permanezcan vigentes, unas transacciones legalmente establecidas mediante contratos y que siempre se debieron respetar.

Cuando se pueda demostrar ante un tribunal imparcial, sometido exclusivamente a criterios de justicia, imparcialidad y ecuanimidad, que los sellos que vendió Afinsa no valen lo que reflejan los contratos, entonces será cuando proceda pedir cuentas sobre la compañía y contra sus directivos. No ántes, cuando la última palabra a ese respecto, todavía no se ha dicho.


F:Y como en ese caso con los sellos nos daríamos por pagados, no habría nada que reclamar a Afinsa, tal y como algunas voces están divulgando por los foros para, una vez más, intentar equivocar a los afectados.

H:Los únicos que pretenden equivocar a los afectados, sois vosotros, pues osais adjudicarles a éstos, una intencionalidad inexistente, como es la de darse por pagados con sus sellos. Aparte, de que no es posible reclamarle nada a Afinsa, mientras no exista una condena formal, oficialmente establecida.

F:Recordamos que el procedimiento penal está aún abierto y en fase de instrucción, aunque nuestros abogados ya nos adelantaron que en los próximos meses comenzarán las vistas del juicio. En este procedimiento penal se determinarán las responsabilidades de los imputados, así como la verdadera práctica empresarial ejercida por Afinsa.

H:Así es, exactamente. Procedimiento abierto y en fase de instrucción. Aún no se han determinado ningún tipo de responsabilidades penales, pero sí se ha producido ya, un pronunciamiento contundente por el Alto Tribunal, respecto a la práctica empresarial, inequívocamente mercantil, que mantenía Afinsa. Éste pronunciamiento y por el principio de unanimidad jurídica, es el que categóricamente, sienta jurisprudencia.

F:En resumen, esta nueva maniobra de Afinsa para endosarnos por segunda vez unos sellos de valor real muy inferior a lo que figura en los contratos SOLO BENEFICIA A LA PROPIA AFINSA EN DETRIMENTO Y GRAVE PERJUICIO, UNA VEZ MAS, DE LOS AFECTADOS.

H:Con una palabra se responde contundentemente: ¡MENTIRA!

F:Curiosamente un par de bufetes de asociaciones de Madrid han dado un giro de 180 grados en sus actuaciones jurídicas, pidiendo exactamente lo mismo que pretende Afinsa. Una vez haya pasado la manifestación del 7 de mayo analizaremos en profundidad estas actuaciones


A buena hora. Con seguridad, sea demasiado pedir, que eso os sirva para caeros del guindo, definitivamente. Deberíais seguir el ejemplo de éstos bufetes, que sabiamente han sabido rectificar a tiempo.

Mayo de 2011.
FEDERACION NAL. PLATAFORMAS BLANCAS AFECTADOS AFINSA

miércoles, 4 de mayo de 2011

Liquidar antes que reflotar: el chollo de ser administrador concursal en tiempos de crisis.



     Interesante noticia la publicada hoy en "El Confidencial Digital", especialmente para colectivos de perjudicados como los de Afinsa, que estámos sufriendo en carne propia un proceso concursal que nos está llevando a "ninguna parte".

Por su interés, merece leer la noticia al completo, (leer más) y traer a colación algunos párrafos de "El Saqueo de Afinsa", cuyo contenido guardaría estrecha relación con las inquietudes de algunos  empresarios, mencionadas en el citado artículo.