martes, 14 de junio de 2011

Liquidación de Afinsa, SI - Liquidación de Afinsa, NO



Ayer, día 13, el Boletín Oficial del Estado (BOE)  publicaba el anuncio del Juzgado de lo Mercantil número 6 de Madrid, por el que se aprobaba parcialmente el plan de liquidación de Afinsa, con detalles de los términos en los que deberá llevarse a cabo la misma.

Para quienes rechazamos de plano el "Concurso  Afinsa"  porque sostenemos desde el primer momento que estamos ante una ilícita intervención política, de magnitudes extraordinarias, y ante un cúmulo de irregularidades judiciales concatenadas que han llevado a esta empresa a la situación de liquidación en la que se encuentra actualmente, esta noticia ha causado un profundo malestar y una gran inquietud, porque entre los bienes a liquidar se encuentran 150 millones de unidades filatélicas, perfectamente clasificadas y referenciadas que son de nuestra propiedad, como clientes inversores de la compañía, tal y como ha quedado acreditado en sentencia del Tribunal Supremo de 13 de Diciembre de 2010.

Sin embargo, una vez leido el anuncio del BOE, (pinchad aquí para acceder a la publicación), y analizado su contenido me permito, a título particular, hacer algunas consideraciones al respecto.

1.- La publicación de este anuncio del Juzgado mercantil no obedece a otra cosa más que al cumplimiento de los "protocolos" que deben  llevarse a cabo, según establece la Ley Concursal, en función de la fase en la que se encuentra el Concurso de Acreedores de Afinsa Bienes Tangibles, S.A. 

2.- Basándome en los hechos, mi opinión personal es que, a pesar de este anuncio, la liquidación "efectiva" de Afinsa, no se va a llevar a cabo, en tanto en cuanto no se ordene dicha liquidación por una instancia jurñidica superior (en este caso la Audiencia Provincial), ante la cual ya se han presentado recursos por parte de la propia empresa concursada, hecho este del que ha dado traslado la Prensa.

3.- Este anuncio del B.O.E. ignora por completo cualquiera de los detalles incorporados al auto de liquidación de fecha 5 de mayo de 2011, dictado por el juez Francisco Javier Vaquer Martín, (pinchad aquí para acceder al Auto de Liquidación), en el que admite la posibilidad del derecho de separación de la filatelia, por considerarse esta propiedad de los clientes, tal y como ha quedado reflejado en el auto dictado por la Sala Cuarta de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo. Leyendo atentamente el anuncio del B.O.E., tal pareciera que se da orden de liquidar "de facto" los referidos lotes filatélicos, cuando la realidad, ateniéndonos al fondo del auto del juez Vaquer es otra muy diferente.


Así las cosas, y para no entrar en mayor abundamiento sobre un proceso concursal que estaría viciado y manipulado desde el origen, puesto que la actividad de esta empresa, tal y como refleja la referida sentencia del T.S. no es financiera, sino comercial, y por lo tanto, si nos atenemos al contenido de la misma,  la contabilidad "fabricada" por los administradores concursales, tanto como los pronunciamientos del propio juez mercantil serían completamente inválidos, creo estar en condiciones de asegurar que, a pesar de su anuncio, la liquidación de Afinsa quedará en suspenso hasta que la Audiencia Provincial, o incluso el propio Tribunal Supremo, se pronuncien finalmente al respecto.


2 comentarios:

  1. Mila, guapa, yo cada vez entiendo menos, todo ésto, me parece un cachondeo, ya que toda la información sale del mismo juzgado, o sea, por aquí Juan y por allí Gloria.

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  2. Y tanto que es un cachondeo. Máxime teniendo en cuenta que, a raiz de la sentencia del T.S., se tenía que haber anulado el Concurso.

    Todo esto es un mamarracho como la copa de un pino.

    Saludos, Villita.

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