domingo, 20 de febrero de 2011

Caso Afinsa: de interés general para todos los clientes. (Segunda Parte)

    
   
    Habiendo leído minuciosamente la parrafada de los representantes de la Federación,
mezcla de mentiras y medias verdades, mi opinión personal es que todo ello no es más que una huida hacia adelante. Nuevamente, ante la falta de argumentos, pretenden crear confusión y desesperanza entre los perjudicados, ahora precisamente que la realidad de los hechos empieza a aclararse, y los verdaderos y siniestros motivos que indujeron a esta intervención comienzan a salir a la luz.

El comunicado constituye el testimonio de unas personas sobre la opinión del abogado Gil Robles. Son mucho más importantes, como prueba de veracidad, los hechos acreditados, que los testimonios sobre opiniones.


Así, frente a la confusión, las medias verdades y las invenciones, la claridad aparece si nos fijamos en los hechos probados de manera irrefutable, al día de hoy, que a los efectos de este comunicado, son:


1. Afinsa cumplió plenamente sus compromisos durante 25 años con todos sus clientes y terceros: trabajadores, proveedores y Administraciones Públicas.


2. Los lotes filatélicos propiedad de los clientes estaban perfectamente identificados y custodiados en correspondencia unívoca con todos y cada uno de los contratos valorados conforme a catálogos internacionales; hecho este que pudieron comprobar con gran sorpresa los peritos filatélicos, tal y como hicieron constar en una de las sesiones celebradas en el juzgado de lo mercantil, relativas al incidente concursal en la que estuve presente.

La organización e individualización de los más de ciento cincuenta millones de unidades filatélicas era impecable. No ha quedado constancia en ningún informe de la A.C.  que hubiese nada pendiente de adjudicar salvo, posiblemente, lo habitual del mes en curso.

Este hecho queda corroborado en una providencia del juez Pedraz en la que alude y diferencia perfectamente, entre "la filatelia propiedad de los clientes y "la filatelia propiedad de Afinsa".


3. Afinsa no pudo seguir cumpliendo sus compromisos, no porque fuera insolvente, sino porque un Juez de la Audiencia Nacional ordenó suspender su actividad sobre la base de un informe de una Inspectora de Hacienda que ha resultado ser  el producto de sus "elucubraciones" tal y como ella misma ha declarado, cuando no directamente falso.


4. Gil Robles incumplió el compromiso de presentar un Convenio. El cumplimiento de este compromiso era fundamental para que los clientes pudiéramos recuperar nuestras inversiones en el marco de la Ley Concursal.

Gil Robles no actuó conforme a su compromiso de cara a los clientes, en algo extraordinariamente importante. Me pregunto si esto podría considerarse abuso de confianza frente a sus representados; hecho este que, de ser así, resultaría de una extrema gravedad y del que dan fe las actas recogidas tras la famosa Asamblea celebrado en Aranjuez, (Palacio del Nuncio) en noviembre de 2006 (Ampliar detalles en "El Saqueo de Afinsa")

5. La Audiencia Nacional ha dictaminado que los contratos son mercantiles y que los propietarios de los sellos somos nosotros, los clientes.

6. El Tribunal Supremo ha ratificado por dos veces la misma tesis, generando con ello doctrina.

Si los clientes representados por el bufete Gil Robles quieren resolver sus problemas tendrán que actuar ya, empezando por unirse aquellos que estén decididos a hacerlo.

Para ello, de cara a sus posibles actuaciones, tal vez deberían comenzar por considerar lo reflejado en los estatutos de la abogacía, y más concretamente en el:


"Artículo 30.

"El deber fundamental del abogado, como partícipe en la función pública de la Administración de Justicia, es cooperar a ella asesorando, conciliando y defendiendo en derecho los intereses que le sean confiados. En ningún caso la tutela de tales intereses puede justificar la desviación del fin supremo de Justicia a que la abogacía se halla vinculada."

A tenor de todo lo anteriormente expuesto, y salvo hechos contrarios que pudieran ser contrastados, tal parecería que el despacho de abogados se hubiera desviado de los intereses que le habrían sido confiados.

1 comentario:

  1. Mucho me temo, amiga mía, que tus puntualizaciones no sean más que una predicación en el desierto. Segura estoy de que muchos que hoy lean la segunda entrega de esas “Notas de interés general…” vean en ellas un horizonte más bien gris para sus propias preferencias, porque no vaya a ser que te tomen la palabra y alguien promueva un verdadero intento de dar paso a la acción desvinculándose de ese nefasto abogado, y se les acabe el cuento de poderse lamentar continuamente de la desgracia de ser clientes suyos. Y conste que mi marido se encuentra entre esos que el día que dejara de estar atado a ese despacho de abogados, se le terminarían las razones para quejarse de algo. Con el tiempo que llevamos quejándonos, lamentándonos y arrepintiéndonos de haber hecho lo que hicimos, ya llovió bastante para haberlo mandado a la mierda y eso que llevaríamos ganado porque ni mis hijos ni yo, nos merecemos que las discusiones en nuestra casa, siempre giren sobre las actuaciones de la puñetera federación esa y sobre el dichoso abogado que mal rayo lo parta.

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